Sembremos justicia con ley y verdad
Abg. Carlos Cueva Morales - Dr. Rene Cisneros Pallo
Es conocido que la ciencia busca la verdad, la eficacia de la ciencia radica en la ausencia del error; el Derecho, aunque no se maneja con medidas exactas como las matemáticas también busca la verdad, púes la justicia tiene que basarse en los hechos históricos facticos y probados.
QUE ES EL FEMICIDIO.- (Art. 141 COIP), es un acto delictivo que es definido como el dar muerte a una mujer por el hecho de serlo, por esto; se encasilla en los delitos de violencia de género y tiene como denominador común la existencia de relaciones de poder conocida como dominación sobre la mujer, ejercidas por el femicida en contra de la víctima.
SE PUEDE DETECTARLO.- se puede detectar cuando la víctima (MUJER) tiene antecedentes de violencia sea esta física, psicológica o sexual, pero este no es un denominador común en todos los casos por cuanto se han dado hechos en los que por el temor ha denunciar, la violencia ha permanecido oculta, así como también se han dado casos en los que el victimario actúa por una solo ocasión y comete el femicidio en un impulso desenfrenado de ira machista.
EXISTEN SÍNTOMAS DE QUE SE PODRÍA DARSE EL FEMICIDIO.- la violencia de genero es un proceso continuo que empieza con agresiones verbales humillaciones tendientes a disminuir el autoestima, siendo estos hechos progresivos hasta llegar a la violencia física, es por ello, que es importante frenar a tiempo cualquiera de estos tipos de violencia denunciándolos oportunamente.
CUAL ES LA SITUACIÓN DE ESTE DELITO EN EL CANTÓN MEJÍA.- dentro de nuestra defensa profesional hemos conocido la existencia de dos casos reales de femicidio, con sentencias condenatorias el primero con una condena de 26 años y el segundo caso de 40 años.
QUE DEBE HACERSE PARA EVITAR ESTE DELITO.- una de las falencias sociales de los actuales momentos es la falta de valores humanos, en la persona, tales como el respeto, la igualdad de género (hombre-mujer), confianza, honestidad, bondad, fidelidad, paciencia, que deben ser inculcados tanto en el núcleo familiar como en la sociedad, encaminados a desarrollar una sociedad en igualdad de condiciones, sin machismo ni feminismo.
CUALES SON LAS SANCIONES POR LA QUE SE COMETE ESTE DELITO.- el Art 141 del COIP determina una pena mínima de 22 años y una máxima de 26, pudiendo aumentar esta pena por las agravantes del artículo 142 del mismo cuerpo legal hasta por 34 años seis meses e incluso si existieran más víctimas relacionadas con el hecho, la pena podría ser hasta de 40 años.
EXISTEN PROFESIONALES QUE ATIENDAN EL TRAUMA SOCIAL Y LA AFECTACIÓN FAMILIAR POSTERIOR AL DELITO.- pese a que en mucha de las sentencias se ordena tratamiento sicoterapéutico para el entorno familiar de la víctima, esto no se cumple adecuadamente, por lo que es aconsejable buscar ayuda profesional, en el campo de la psicología, pues la secuelas psicológicas requieren un tratamiento adecuado.
QUE HACER SI UNA MUJER ES AGREDIDA FISICAMENTE POR SU PAREJA: primero debe realizarse una valoración sobre las lesiones infringidas en su humanidad, acudir a la fiscalía de este Cantón Mejía y preguntar por el médico legista de turno, este le examinara y según el tipo de lesiones, sabrá poner la incapacidad que pueda determinarse en la víctima , si la incapacidad para el trabajo no pasa de tres días, esta será catalogada como una contravención de violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar Art. 159 del COIP, el siguiente paso sería denunciar al agresor en la Unidad Judicial Multicompetente Penal de este Cantón.
COMO SE DENUNCIA EN LA UNIDAD JUDICIAL MULTICOMPETENTE PENAL DEL CANTON MEJIA:
De la misma manera con un Abogado Particular o un Abogado de la defensoría Publica presenta la denuncia ante este juzgado, luego de unos pocos días le llaman a que reconozca firma y rubrica sobre la denuncia puesta en contra del agresor, además en este mismo instante se le entregara unas medidas de protección para que el agresor quede prohibido de acercarse a la víctima, que pueda realizar actos de intimidación o de persecución a la víctima, se le extiende una boleta de auxilio, y de ser el caso se ordena la salida del agresor de la vivienda o morada.
LUEGO DE LO ANTERIORMENTE EXPUESTO QUE PASOS MAS SE SIGUE PAR QUE LE SANCIONEN AL AGRESOR
Como se indica luego de que se entrega las medidas de protección a favor de la víctima por parte del juez competente se procede a citar al agresor en la dirección que actualmente se encuentre el mismo, que para este efecto tendrá que indicar en su denuncia la víctima el lugar exacto del domicilio del agresor, que en la actualidad se encuentra , esta notificación la realizaran los señores agentes de la Policía Nacional especializados en violencia intrafamiliar, DEVIF luego de notificado el agresor este tendrá que hacer valer sus derechos es decir defenderse de la denuncia puesta en su contra ya que esta persona goza de la Presunción de inocencia hasta que no se demuestre lo contrario, en el juicio correspondiente, esta persona tendrá que buscar un abogado patrocinador para que pueda buscar su mejor estrategia para que le pueda defender a su patrocinado, a fin de que pueda rebatir lo expuesto por la denunciante en su denuncia inicial.
Próxima Edición:
CUANDO LE SANCIONAN AL AGRESOR Y QUE PENA SE LE IMPONE